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Campañas sucias: el proyecto de Agost Carreño movió el avispero judicial y se fogonea en Diputados

En medio del fuego cruzado que se desató por el «deepfake» (video trucho con IA) del diputado nacional Rodrigo de Loredo contra el gobernador Martín Llaryora y el fallo de la Cámara Electoral que se pronunció respecto a los videos falsos de Mario Negri en 2021, el proyecto de ley del diputado Oscar Agost Carreño cobró volumen en el ámbito de la política y acaparó la atención en los Tribunales.

Incluso, algunas voces en la Cámara Baja advierten que el fallo por el caso Mario Negri se activó a raíz de la presentación de la iniciativa del diputado amarillo cordobés que agitó el «avispero» judicial al cobrar notoriedad pública. La justicia debió salir a mostrar que «hicieron algo» antes de que el Congreso se aboque a este tema. Fue una de las lecturas de la política que se escucharon en los últimos días.

Lo cierto del caso es que la Cámara Nacional Electoral resolvió que es delito publicar fake news para perjudicar a un candidato. El dictamen apunta a la creación y publicación de videos falsos en redes sociales que buscaron desacreditar a Negri en el 2021, cuando se presentó como precandidato a senador nacional en las elecciones primarias.

Algunas voces de la política hacen foco en dos cuestiones clave: la demora (pasaron cuatro años) y la tipificación del delito. El prolongado tiempo que se tomó la Cámara para emitir la resolución se lo atribuyen a la falta de un encuadramiento puntual en el Código Electoral Nacional ante el «deepfake» (“artesanal” de aquellos tiempos) que denunció Negri.

“La IA hará que las campañas que vienen sean más sucias”

A partir de los casos que se conocieron recientemente, el proyecto de Agost Carreño busca impedir que se manipule al electorado con el uso indebido de la Inteligencia Artificial (IA) en la etapa proselitista. Para ello, incorpora una serie de artículos a dicho Código (Ley 19.945).

La clave está puesta en el procedimiento sumarísimo para determinar responsabilidades en forma rápida durante el desarrollo de una campaña. Y suma una cláusula de inhabilitación para candidatos que participen en este tipo de maniobras.

Celeridad

«La verificación de los hechos a los que se alude en el artículo precedente (la manipulación electoral por IA) y la determinación de responsabilidad se tramitarán mediante procedimiento sumarísimo ante la justicia electoral con competencia en la respectiva categoría electoral», reza el segundo de los artículos que se plantea incorporar al Código Nacional Electoral.

Agrega que el juez federal con competencia electoral o la junta electoral respectiva «deberán instruir y resolver en un plazo perentorio mediante un procedimiento abreviado, con habilitación de días y horas, asegurando el derecho de defensa, la producción de prueba y la celeridad del proceso». Señala además que «la resolución podrá ser apelada ante la Cámara Nacional Electoral en un recurso que deberá resolverse con carácter urgente y en un plazo no mayor a cinco días hábiles».

Por último, establece que «en caso de que el procedimiento o su apelación no estuvieran resueltos al momento de la elección, el precandidato (PASO) o candidato (elección general) podrá figurar en la boleta. Sin embargo, si la resolución definitiva estableciera su responsabilidad conforme este artículo, no podrá asumir el cargo para el que hubiere sido electo, ni podrá hacerlo ningún otro integrante de la lista correspondiente».

La iniciativa otorga además a la Cámara Nacional Electoral la facultad de reglamentar la norma, establecer estándares técnicos y actuar de oficio frente a posibles violaciones. «Esta ley no busca limitar la libertad de expresión ni el uso legítimo de nuevas tecnologías, sino garantizar que los ciudadanos puedan votar informados, sin ser engañados por estrategias digitales sofisticadas que distorsionan la realidad», argumentó Agost Carreño.

Pedido a Mayoraz

El amarillo cordobés en Encuentro Federal hizo causa común con el radical mendocino Julio Cobos. Ambos autores de sendos proyectos sobre la materia le pidieron al titular de Asuntos Constitucionales, Nicolás Mayoraz (LLA), que los sume al temario de la próxima reunión de comisión para su abordaje.

En la nota al libertario, en donde se advierte de «los vacíos legales existentes«, los diputados opositores argumentaron que “»a manipulación de los contenidos por inteligencia artificial y/u otros medios de producción sintética en campañas electorales, es una cuestión de suma gravedad, que conspira contra el sistema democrático». “El rápido avance de la tecnología demanda la urgente respuesta legislativa para intentar, no frenar dicho avance, sino sancionar y/o determinar las consecuencias jurídicas derivadas de dicho uso con malos fines», subrayaron.

El caso Negri

El 15 de julio, la Cámara Nacional Electoral confirmó el procesamiento dictado por el juez federal electoral de Córdoba contra la imputada María Victoria Villaver por realizar conductas calificadas como engaños a los electores para sufragar de determinada manera, delito que se encuentra previsto en el artículo 140 del Código Nacional Electoral.

Campañas sucias: la Cámara Electoral resolvió que es delito publicar fake news para perjudicar a un candidato

Concretamente, se reprochó la publicación de dos videos -apócrifos- en una página publicitaria, de la red social Facebook de la empresa Meta, en su calidad de empleada de una compañía dedicada a la comercialización de dichas páginas publicitarias. La página habría sido realizada, por encargo, para afectar la imagen de Mario Negri, precandidato a senador nacional por la alianza Juntos por el Cambio, durante la campaña electoral correspondiente a las PASO del año 2021. El caso Negri se recuperó del baúl de los recuerdos cuando estalló la acalorada discusión entre espadas del PJ y los halcones radicales por el falso video que publicó el diputado De Loredo que recrea con IA la imagen y la voz del gobernador Llaryora, lo que se conoce como «deepfake».

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