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El Ministerio de Justicia fijó un protocolo para recibir y gestionar bienes de origen ilícito

La medida, publicada en el Boletín Oficial, establece los requisitos y procedimientos para que los tribunales remitan información detallada sobre propiedades, vehículos, dinero y otros bienes cautelados o recuperados en causas penales y de extinción de dominio.

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El ministerio de Justicia estableció un nuevo mecanismo para la gestión de bienes de origen ilícito.

El Ministerio de Justicia aprobó un nuevo protocolo operativo que regula la recepción de bienes provenientes de actividades ilícitas incautados por la Justicia nacional y federal. De acuerdo a la a Resolución 543/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial y firmada por Mariano Cúneo Libarona, la medida busca garantizar la trazabilidad y una gestión ordenada de estos activos para incorporarlos al patrimonio público.

Según la normativa, los tribunales deberán remitir documentación técnica, registral y económica que acredite la existencia, estado y valuación de los bienes. La cartera de Justicia solo asumirá la custodia y administración cuando se haya verificado la validez e integridad de la información recibida. El protocolo alcanza inmuebles, vehículos, embarcaciones, objetos no registrables, dinero en efectivo y activos financieros, con requisitos específicos para cada caso.

El nuevo protocolo para gestionar bienes de origen ilícito

El protocolo incluye bienes inmuebles, vehículos, objetos no registrables, dinero en efectivo y activos financieros, y prevé requisitos diferenciados para cada tipo.

Para el caso de aquellos bienes registrables, como vehículos, embarcaciones o aeronaves, se exigirá documentación registral, el estado de deuda, condiciones físicas y funcionales, fotografías, lugar de guarda y datos del custodio. En tanto, para los bienes no registrables -como maquinaria, tecnología o herramientas-, se deberá presentar una descripción detallada, condiciones de conservación, estimación de valor y un listado inventariado si se trata de lotes.

Resolución 543/2025

La normativa fue oficializada este miércoles a través de su publicación en el Boletín Oficial.

Boletín Oficial.

A la vez, en cuanto a los inmuebles, el juzgado deberá presentar información sobre la ubicación exacta, la superficie, el tipo de propiedad, su estado edilicio y jurídico, las personas que lo ocupan, posibles contratos vigentes y una valuación estimada. Paralelamente, se debe precisar si existen litigios pendientes y remitir fotografías actualizadas, si las hubiera.

El protocolo además abarca dinero en efectivo. En estos casos, los tribunales deberán informar el monto exacto y la moneda, el lugar de guarda, el acta de secuestro y toda documentación contable disponible. Cuando se trate de activos financieros o intangibles, como cuentas bancarias, títulos o criptomonedas, la Justicia deberá acompañar constancias de la entidad depositaria, los datos del titular original y la orden judicial que haya dispuesto el congelamiento o bloqueo, si existiera.

La cartera de Justicia no podrá aceptar ningún bien si la información enviada resulta incompleta o inexacta. En esos casos, notificará al juzgado interviniente para que subsane las faltas. La iniciativa apunta a fortalecer la cooperación entre el Poder Judicial y el Ejecutivo en la gestión de bienes incautados por delitos o procesos de extinción de dominio.

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