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Indecopi declara ilegal el cobro de S/ 1.188 por reconocimiento de títulos extranjeros de Sunedu

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró ilegal el cobro de S/ 1.188,50 que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) exigía por el trámite de reconocimiento de grados académicos y títulos profesionales obtenidos en el extranjero.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró ilegal el cobro de S/ 1.188,50 que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) exigía por el trámite de reconocimiento de grados académicos y títulos profesionales obtenidos en el extranjero.

De acuerdo con la resolución, el cobro no contaba con el sustento técnico exigido por la normativa vigente. En particular, se determinó que Sunedu no acreditó que el monto hubiera sido calculado conforme a la metodología de costos aprobada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), ni que respondiera al costo real del procedimiento administrativo.

Además, la entidad no logró justificar elementos como las horas de trabajo del personal involucrado en el trámite ni la cantidad de solicitudes utilizadas como base para determinar la tarifa, lo que llevó a que el cobro sea considerado una barrera burocrática ilegal.

La decisión fue ratificada mediante la Resolución 0257-2026/SEL-INDECOPI, que confirma el fallo de primera instancia y dispone que la Sunedu deje sin efecto el cobro de manera general para todos los ciudadanos afectados. Según el organismo, esta medida busca corregir una exigencia que no cumplía con los criterios técnicos establecidos por ley.

Indecopi precisó que “la Sunedu no logró acreditar que el monto respondiera al costo efectivo del procedimiento ni que haya sido calculado bajo la metodología obligatoria de la PCM”.

Asimismo, se precisó que la eliminación del cobro no implica la gratuidad del trámite ni el reconocimiento automático de los títulos obtenidos en el extranjero, ya que la Sunedu mantiene la facultad de establecer una tasa, siempre que esta esté debidamente sustentada.

De acuerdo con RPP, la orden de inaplicación del cobro entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del extracto de la resolución en el diario oficial El Peruano. A partir de ese momento, la Sunedu no podrá seguir exigiendo el pago de S/ 1.188,50.

La resolución advierte que, en caso de incumplimiento, la entidad podría enfrentar un procedimiento sancionador y multas de hasta 20 UIT, equivalentes a aproximadamente S/ 110.000. También se ordena que la Sunedu informe públicamente a los usuarios sobre la eliminación del cobro.

La entidad reguladora precisó que “el monto deberá ser redefinido por la Sunedu conforme al marco normativo vigente, pero no puede mantenerse la tarifa actual”.

Pese a la eliminación del cobro declarado ilegal, el procedimiento de reconocimiento de grados y títulos obtenidos en el extranjero continuará vigente. Los solicitantes deberán seguir presentando sus expedientes para que la Sunedu evalúe la validez de sus estudios conforme a la normativa nacional.

Indecopi remarcó que la decisión no implica cambios en el proceso de evaluación académica ni en los requisitos exigidos para el reconocimiento de títulos, sino únicamente en el monto cobrado por el trámite.

Finalmente, se precisó que la Sunedu conserva la potestad de establecer una nueva tarifa, siempre que esta sea debidamente sustentada bajo la metodología de costos exigida por la PCM.

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