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Gobierno Petro ordenó a entidades públicas presentar planes de ahorro de energía ante El Niño: qué se exige

El Ministerio de Minas y Energía de Colombia emitió la Circular 40034, que obliga a todas las entidades del orden nacional a diseñar e implementar un Plan de Acción para reducir el consumo de energía, con reportes de consumos, metas e indicadores, en un plazo de 15 días hábiles.

El Ministerio de Minas y Energía de Colombia emitió la Circular 40034, fechada el 30 de julio de 2026 en Bogotá, mediante la cual se ordena a todas las entidades públicas del orden nacional presentar e implementar un Plan de Acción para reducir el consumo de energía, mitigar los efectos del fenómeno de El Niño y reportar consumos, metas, indicadores y cronogramas.

La medida alcanza a ministerios, departamentos administrativos, unidades administrativas especiales, superintendencias, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, sociedades de economía mixta, agencias estatales y demás organismos del orden nacional. El plazo para presentar el plan es de 15 días hábiles a partir de la publicación de la circular.

El ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, señaló que “el ahorro de energía es una responsabilidad compartida” y que “el Estado debe dar ejemplo implementando medidas concretas de eficiencia que nos permitan enfrentar con anticipación los desafíos del fenómeno de El Niño y fortalecer la seguridad energética del país”. Añadió que “cada kilovatio ahorrado hoy contribuye a proteger el bienestar de millones de colombianos”.

Soporte legal y urgencia declarada por el Gobierno

La circular se apoya en la Resolución 40269 de 2026, que creó el Comité Sectorial para la Articulación y Seguimiento de Acciones Orientadas a la Atención del Fenómeno de El Niño en el sector minero energético. Dicho comité tiene funciones de planeación, coordinación, seguimiento y evaluación de acciones de prevención, mitigación y atención de impactos asociados al fenómeno.

También se sustenta en la Ley 2407 de 2024, cuyo artículo 3 obliga a las entidades públicas del orden nacional a designar un gestor energético y formular un Plan de Gestión Eficiente de la Energía. El artículo 4 asigna a la Unidad de Planeación Minero Energética (Upme) el seguimiento de esos planes.

La circular da continuidad a la Circular 40021 de 2026 del mismo ministerio y a la Circular 028 del 16 de abril de 2026 de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), que instó a fortalecer acciones de preparación, monitoreo y respuesta frente al fenómeno de El Niño durante el segundo semestre de 2026.

Además, se mencionan la Directiva Presidencial 01 de 2024 y el Decreto 0802 del 23 de julio de 2026, que declaró la situación de desastre de carácter nacional ante el fenómeno de El Niño 2026-2027, con base en la recomendación unánime del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres en sesión del 21 de julio de 2026.

Qué información deberán reportar las entidades

Cada entidad deberá remitir un plan de acción en un único archivo de Excel con la información de todas sus sedes en el país, incluyendo dependencias desconcentradas o regionales. El reporte debe identificar la denominación oficial completa de la entidad, el nombre de cada sede, el departamento y la ciudad de ubicación, el proveedor de energía y el número de cuenta, contrato o código de facturación.

La circular exige incluir consumos mensuales de energía en kilovatios hora de los últimos 36 meses, mes a mes, para cada sede. Junto con esos datos, cada organismo deberá señalar la medida de ahorro que aplicará y describirla, incorporar un indicador de seguimiento para cuantificar la ejecución, la meta propuesta para la disminución del consumo y el cronograma de implementación para los próximos seis meses.

La remisión deberá hacerse a los correos [email protected] y [email protected], dirigidos a la Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales. En el cuerpo del correo, cada entidad deberá identificar al funcionario responsable del reporte, con nombre, cargo, teléfono y correo electrónico.

Para qué servirá el plan de ahorro en el sector público

El Ministerio de Minas y Energía indicó que la información recabada servirá para construir la primera línea base nacional del consumo energético del sector público del orden nacional. Ese insumo permitirá seguir la demanda de energía eléctrica y formular estrategias de ahorro y uso eficiente.

La circular agrega que los datos respaldarán los informes técnicos y las recomendaciones previstas en la Resolución 40269 de 2026, y que el tratamiento de la información se hará bajo las normas sobre acceso a la información pública y protección de datos.

La medida busca reforzar la coordinación entre entidades durante la contingencia climática, con el objetivo operativo de sostener la prestación de servicios esenciales mientras el fenómeno de El Niño presiona la demanda energética.

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