El Gobierno reorganizó el Renar y ahora funcionará como un organismo desconcentrado del Ministerio de Seguridad. Al Registro Nacional de Armas se le asignarán competencias para registrar, autorizar, controlar y fiscalizar actividades relacionadas con armas, municiones y artefactos explosivos.
El Gobierno, mediante el Decreto 770/2026 publicado en el Boletín Oficial este viernes, determinó que el Registro Nacional de Armas (Renar) pase a funcionar como organismo desconcentrado del Ministerio de Seguridad Nacional y estableció su nueva estructura, conducción y atribuciones.
El decreto, que lleva la firma del presidente Javier Milei y de todos sus ministros, establece que el Renar tendrá entre sus objetivos “prevenir y combatir la violencia armada y el tráfico ilícito de armas, municiones, explosivos y materiales relacionados”.
El organismo pasará a estar encabezado por un director ejecutivo con rango y jerarquía de secretario, seguido de un subdirector con rango y jerarquía de subsecretario. Ambos serán designados por el Poder Ejecutivo.
Las nuevas funciones del ente incluyen la registración y fiscalización; la fabricación y comercialización de armas, municiones y artefactos explosivos; la adquisición, transferencia y traslado; controles de tenencia y portación; la importación, exportación y tránsito del armamento; secuestros, incautaciones y decomisos; y la destrucción de materiales controlados.
El Renar tendrá bajo su órbita al Banco Nacional de Materiales Controlados y su red de depósitos, además del Registro Único de Información y un banco nacional informatizado de datos.
El texto establece que la reorganización no implica un incremento en la cantidad de unidades organizativas de la Administración Pública Nacional.
En el anexo del artículo 2° se incluye al Renar dentro de la categoría de “Organismos Desconcentrados” del Ministerio de Seguridad Nacional, junto con la Agencia Federal de Emergencias, el Servicio Penitenciario Federal, Gendarmería Nacional, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, la Policía Federal y la Prefectura Naval.
El director ejecutivo tendrá a su cargo la conducción y representación del organismo y podrá imponer sanciones administrativas a las personas físicas y jurídicas sometidas al control del Renar. También podrá dictar actos administrativos generales y particulares para aplicar e interpretar el régimen sobre armas de fuego, materiales controlados y explosivos de uso civil.
Se le otorgan facultades para disponer medidas preventivas o cautelares, entre ellas la suspensión preventiva de autorizaciones o habilitaciones y la inmovilización administrativa de materiales controlados. También podrá aprobar procedimientos vinculados con la registración, fiscalización, control, trazabilidad e intercambio de información sobre esos materiales y sus usuarios.
En julio de 2025, mediante el decreto 445/2025, el Gobierno reconvirtió la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) nuevamente en el Registro Nacional de Armas, el viejo Renar creado en 1975 como órgano de aplicación de la ley nacional de armas y explosivos 20.429, promulgada dos años antes por el general Alejandro Agustín Lanusse, presidente de facto entre 1971 y 1973.
La reposición del Renar se inscribió en una lista de medidas adoptadas por la administración Milei para desregular el mercado de armas, entre las cuales se cuenta la eliminación del período de oposición de 15 días para quienes objeten a quien pretenda obtener o renovar su permiso de tenencia de armas, la simplificación de la renovación de la condición de Legítimo Usuario (LU), la disponibilidad de la credencial digital, la baja de 21 a 18 años como base para la obtención de la LU, la autorización de tenencia controlada de fusiles de asalto semiautomáticos y la eliminación de la tasa anual que debían pagar entidades de tiro, cazadores y usuarios comerciales y colectivos.
