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La Corte Suprema revocó el sobreseimiento de «Pata» Medina y ordenó que sea juzgado por extorsión y lavado

El máximo tribunal hizo lugar a un recurso de la Procuración General y dejó sin efecto el fallo de Casación que había cerrado la causa. El sindicalista está acusado de asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión.

La Corte Suprema de Justicia revocó este martes el sobreseimiento del ex líder de la seccional de La Plata de la Uocra, Juan Pablo «Pata» Medina, y ordenó que la causa vuelva a la Cámara Federal de Casación Penal para que evalúe los argumentos de la fiscalía, lo que derivará en un nuevo juicio oral contra los acusados.

La decisión fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes hicieron lugar a las conclusiones de la Procuración General que cuestionaba el fallo de Casación que había cerrado el expediente por considerarlo «arbitrario» y «prematuro».

Medina está acusado junto a su hijo y otras personas por los delitos de asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión. Había sido detenido en septiembre de 2017 por orden del juez federal de Quilmes, Luis Armella, quien lo procesó y embargó sus bienes por 200 millones de pesos.

En febrero de 2020 recibió prisión domiciliaria en su casa de Ensenada. Un año después fue excarcelado por el Tribunal Oral Federal 2, pero volvió a ser detenido por incumplir la prohibición de participar en actividades gremiales.

Horas antes del inicio del juicio oral, el juez Alejandro Smoris declaró la nulidad de toda la causa y sobreseyó a Medina y a los demás acusados. Fundamentó su decisión en que la causa de extorsión era un armado instrumentado por una mesa judicial que funcionaba en el gobierno bonaerense cuando estaba al frente María Eugenia Vidal, en el denominado caso de la «Gestapo judicial» de Pro. Se basó en una denuncia de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante la gestión de Alberto Fernández que se investigaba en otro expediente paralelo.

Ese expediente se refiere a una reunión realizada en 2017 en la sede del Banco Provincia de la Capital Federal en la que funcionarios del gobierno de Vidal y de la AFI de ese momento hablaron con empresarios de la construcción sobre cómo iniciarle causas judiciales a Medina. En esa reunión grabada subrepticiamente, el entonces ministro de Trabajo bonaerense, Marcelo Villegas, afirmó: «Si yo pudiera tener una Gestapo, una fuerza de embestida para terminar con todos los gremios, lo haría».

Según Smoris, la situación del gremialista «no sería más que el fruto de los delitos que se vienen investigando en causa 18.933/21, por resultar consecuencia de actividades de inteligencia ilegal, desplegadas en el marco de un proyecto delictivo más amplio, que incluía la actuación ilegal de múltiples funcionarios con altísimos cargos gubernamentales, dispuestos a que se impute, procese y detenga con total prescindencia de las normas relativas al debido proceso y con afectación evidente de todos los principios rectores que inspiran la actuación de la justicia en el marco de cualquier Estado Republicano».

La fiscalía apeló y la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, con el voto de los jueces Ángela Ledesma y Alejandro Slokar y la disidencia de Guillermo Yacobucci, convalidó la nulidad de la causa dispuesta por Smoris y los sobreseimientos.

Contra ese fallo, el fiscal ante Casación Raúl Pleé presentó un recurso extraordinario. «Los sobreseimientos dispuestos privan al Ministerio Público Fiscal del ejercicio de su deber constitucional de promover la actuación de la justicia e impiden determinar en el debate oral y público la verdad respecto a los hechos imputados», advirtió.

Los jueces hicieron lugar al recurso sostenido por el Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, y dejaron sin efecto la sentencia apelada. Ahora, la causa volverá a Casación donde, con otra integración, se procederá a evaluar los argumentos de la fiscalía, lo que derivará en un nuevo juicio contra los acusados.

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