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La Corte Suprema propone un nuevo reglamento de concursos para la selección de magistrados

Mediante la Acordada 4/2026, el máximo tribunal remitió al Consejo de la Magistratura un proyecto para reformar el sistema de selección de jueces. La iniciativa busca fortalecer el mérito y la transparencia, y reducir la discrecionalidad. Más de un tercio de los cargos de la Justicia Nacional y Federal estuvo vacante hasta hace semanas.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación impulsó un nuevo Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados a través de la Acordada 4/2026, que fue remitido al Consejo de la Magistratura para su tratamiento. La propuesta busca modificar el sistema de selección de jueces con el objetivo de fortalecer el mérito, la idoneidad, la transparencia y la imparcialidad, y reducir los espacios de discrecionalidad, según informó el máximo tribunal.

La iniciativa se presenta en un contexto en el que más de un tercio de los cargos de la Justicia Nacional y Federal se encontraba vacante y 203 ternas esperaban una decisión del Poder Ejecutivo, después de 27 meses sin que se remitiera al Senado un solo pliego de magistrados inferiores. En las últimas semanas, cerca de 180 designaciones judiciales recibieron acuerdo.

La Corte Suprema sostuvo que los principios centrales de la propuesta pueden constituir una referencia para los poderes judiciales provinciales. El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (Cpacf), el Colegio de Abogados de la Ciudad, Poder Ciudadano, Unidos por la Justicia, la Usina de Justicia, la Fundación Nuevas Generaciones y más de quince universidades del país expresaron su respaldo a la iniciativa. Los juristas Ricardo Gil Lavedra, Alberto Garay, Alejandro Carrió, Alberto García Lema y Martín Böhmer se manifestaron en el mismo sentido. La institución Fores también expresó su apoyo ante el Consejo de la Magistratura y presentó propuestas para perfeccionar la iniciativa.

El texto de la Acordada plantea que la selección de magistrados no es una cuestión corporativa ni un trámite administrativo, sino una cuestión republicana central. Señala que el Consejo de la Magistratura debe cumplir un rol técnico en la selección y que no fue concebido para reproducir negociaciones políticas o equilibrios corporativos, sino para identificar, mediante procedimientos públicos, objetivos y controlables, a los candidatos más idóneos para ejercer la función jurisdiccional.

Asimismo, el documento indica que el diseño constitucional prevé una intervención política posterior: el Poder Ejecutivo elige un candidato dentro de la terna y el Senado presta o rechaza el acuerdo. La propuesta sostiene que, precisamente porque esas instancias políticas existen, el Consejo debe preservar con particular rigor la naturaleza técnica de su intervención.

La iniciativa también propone una discusión sobre qué condiciones deberían reunir quienes integran el Consejo de la Magistratura. Plantea que la representación de un determinado estamento —jueces, abogados, académicos o representantes políticos— otorga legitimidad para integrar el Consejo, pero no garantiza, por sí sola, idoneidad para seleccionar magistrados. Añade que seleccionar jueces exige conocimiento del funcionamiento de la Justicia, experiencia profesional relevante, independencia de criterio y una conducta ética irreprochable.

En cuanto al concepto de mérito e idoneidad judicial, la Acordada señala que el sistema de concursos tendió a construir una idea excesivamente formal o academicista del mérito, con grillas de antecedentes, cursos, títulos, publicaciones y actividades docentes como variables relevantes de evaluación. Sostiene que la magistratura no es una carrera académica, sino una función pública cuyo cometido esencial es resolver conflictos concretos de personas concretas. Propone otorgar más peso al desempeño real de quienes ya integran el Poder Judicial, considerando estadísticas de gestión, niveles de mora, cumplimiento de plazos, volumen y complejidad de trabajo, confirmaciones y revocaciones de resoluciones, nulidades, funcionamiento de las oficinas, antecedentes disciplinarios y capacidad de gestión.

La reforma también procura reducir espacios de discrecionalidad en los concursos. La Acordada identifica el problema de la entrevista personal y propone limitar su incidencia, establecer pautas tasadas y evitar que pueda modificar sustancialmente el resultado técnico del concurso. El mismo principio debe regir la conformación de las ternas y el uso de listas complementarias.

El texto menciona que, durante 27 meses, el Poder Ejecutivo no remitió al Senado pliegos para cubrir cargos de jueces inferiores. Luego, por una decisión política, el procedimiento volvió a activarse y una cantidad significativa de vacantes comenzó a cubrirse. La propuesta señala que la experiencia reciente demuestra que mejorar los concursos es una condición necesaria, pero no suficiente, y que cada uno de los actores que intervienen en el procedimiento debe asumir la responsabilidad que le corresponde.

La Acordada también impulsa concursos anticipados para reducir demoras, mejorar la planificación y disponer de candidatos evaluados antes de que las vacantes se conviertan en una emergencia institucional. Indica que esta modalidad permite desvincular la selección de magistrados de una vacante concreta y, eventualmente, de causas sensibles que tramiten ante determinado tribunal.

En materia de transparencia, el documento propone avanzar hacia una transparencia activa: legajos digitales auditables, publicidad accesible de antecedentes, criterios de evaluación previamente conocidos, trazabilidad de las decisiones, evaluaciones orales públicas y mecanismos que permitan controlar cada etapa del concurso.

Finalmente, la propuesta destaca la ética y la independencia judicial como dimensiones esenciales. Señala que la independencia no comienza el día de la jura y debe estar presente desde el procedimiento de selección, con reglas estrictas sobre conflictos de interés, recusaciones, excusaciones y vínculos entre evaluadores y postulantes.

El autor del texto original es abogado, magíster en Derecho Penal, exsecretario general del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal y exjefe de Gabinete del Ministerio de Justicia (2017-2019).

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