El Ministerio Público Fiscal de Salta anunció que presentará un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte de Justicia provincial luego de que la Sala II del Tribunal de Impugnación anulara la culpabilidad del principal sospechoso, Javier Saavedra, hallado muerto en su celda antes del juicio.
Buenos Aires, 17 de julio (NA) – El Ministerio Público Fiscal (MPF) de Salta confirmó que recurrirá a la Corte de Justicia provincial tras la decisión de la Sala II del Tribunal de Impugnación de anular la culpabilidad de Javier Saavedra, quien era el principal sospechoso en el caso del femicidio de Jimena Salas. Con esta resolución, se confirmó su absolución. Saavedra fue hallado muerto dentro de su celda días antes de que iniciara el juicio.
Según informó el MPF provincial, se interpondrá un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte de Justicia contra la sentencia del Tribunal de Impugnación, con la reserva de acudir también a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En un comunicado, la fiscalía señaló: “La presentación comprenderá los distintos aspectos de la resolución que, a criterio del Ministerio Público Fiscal, merecen revisión constitucional”.
El fallo del Tribunal de Impugnación reconoce la abundante prueba que demuestra la activa intervención delictiva de Javier Saavedra en el femicidio de Salas, pero los magistrados “interpretan que no era jurídicamente posible mantener ese pronunciamiento condenatorio al haberse extinguido la acción penal como consecuencia de su fallecimiento horas antes del inicio de la audiencia de debate”.
Desde la fiscalía sostienen que el Tribunal de Impugnación confunde dos cuestiones diferentes: “Por un lado, la imposibilidad de condenar a una persona fallecida y, por otro, algo muy distinto, cual es la necesidad de reflejar en la sentencia los sucesos y la determinación de una activa intervención del sujeto en los hechos criminales que quedaron demostrados durante el juicio, y que se cumpla con la obligación estatal de dar certeza sobre la verdad de los hechos para satisfacer el ineludible derecho a la verdad de las víctimas y su inalienable derecho a una tutela judicial efectiva”.
La decisión recurrida “confunde la declaración de responsabilidad punitiva —obviamente imposible frente a un acusado fallecido— con la reconstrucción histórica de los hechos acreditados mediante prueba legítimamente producida en juicio”.
“El Estado tiene la obligación para con las víctimas menores de edad de que estas puedan saber quién fue la persona que les arrebató la vida a su joven madre, frente a ellas”, manifestaron desde el MPF.
Otro de los agravios que serán sometidos al análisis de la Corte se relaciona con la confirmación de las absoluciones de Adrián Guillermo y Carlos Damián Saavedra.
Respecto a la continuidad de la investigación para determinar la identidad del denominado Hombre 2, el MPF aclaró que dichas tareas investigativas “no constituyen una consecuencia del fallo del Tribunal de Impugnación, sino que ya se encuentran en pleno desarrollo con anterioridad a su dictado”.
La respuesta del MPF se da en relación con el fallo de más de 50 páginas en el que se confirmó el rechazo de la culpabilidad de Javier Saavedra debido a que, por su muerte, debe quedar sobreseído por la extinción de la acción penal, algo que en el juicio no se consideró.
La autopsia confirmó que se trató de un suicidio, ocurrido un día antes de que comenzara el debate oral, lo que obligó a que el juicio se retrasara e iniciara días después.
El crimen de Jimena Salas tuvo lugar el 27 de enero de 2017, cuando fue asesinada de 57 puñaladas. A casi 10 años del hecho, la causa continúa abierta, a la espera de nuevas resoluciones judiciales.
