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El Gobierno confirmó el bono previsional de agosto y fijó un aumento para jubilados y pensionados

El haber mínimo quedó fijado en $419.775 y el máximo en $2.824.694; el refuerzo será no remunerativo, no estará sujeto a descuentos y no se computará para ningún otro concepto.

El Gobierno confirmó que otorgará un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 que se pagará en agosto de 2026 a jubilados y pensionados de menores ingresos. La medida quedó oficializada este jueves mediante el Decreto 686/2026, publicado en el Boletín Oficial, y alcanza a prestaciones contributivas y no contributivas que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). El refuerzo será de carácter no remunerativo, no estará sujeto a descuentos y no se computará para ningún otro concepto.

El decreto establece que el beneficio se abonará por titular y que, para acceder, los haberes deben encontrarse vigentes en el mismo mes en que se liquide el bono. Según el texto oficial, la asistencia busca compensar los efectos que tuvo la anterior fórmula de movilidad jubilatoria sobre los ingresos más bajos.

El refuerzo alcanza a los titulares de jubilaciones y pensiones contributivas otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y de otros regímenes nacionales generales, especiales o transferidos a la Nación. También incluye a quienes perciben la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), creada por la Ley 27.260, y a los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y otras pensiones graciables cuyo pago está a cargo de la Anses.

El monto máximo del bono será de $70.000. Para quienes cobren un haber igual o inferior al mínimo previsional garantizado, el adicional se pagará en su totalidad. En cambio, quienes perciban ingresos superiores recibirán un importe proporcional: el bono se ajustará hasta completar el tope que surge de sumar el haber mínimo más los $70.000 establecidos como máximo.

El decreto precisa además que, en el caso de pensiones con copartícipes, el beneficio se considerará como correspondiente a un único titular, independientemente de la cantidad de personas que formen parte del cobro. De ese modo, no se multiplicará el monto del refuerzo en función de la cantidad de beneficiarios derivados de una misma pensión.

La normativa lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y rige a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Por otro lado, a través de la Resolución 232/2026, a partir de agosto, el haber mínimo pasará a ser de $419.775, en bruto, cuando en julio fue de $411.989. Por otro lado, el máximo pasará de $2.772.298 a $2.824.694.

Asimismo, las bases imponibles mínima y máxima serán de $141.380 y $4.594.798, respectivamente, mientras que el valor de la Prestación Básica Universal (PBU) será actualizado a $192.028 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) a $335.820. Dicha norma lleva la firma del director de la Anses, Guillermo Héctor Arancibia.

Cuánto cobrarán los jubilados en agosto

  • Jubilación mínima: $419.775
  • Jubilación máxima: $2.824.694
  • Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $335.820
  • Prestación Básica Universal (PBU): $192.028

Cómo saber si tengo que cobrar alguna prestación de la Anses

Las personas que reciben prestaciones sociales a través de la Anses pueden consultar dónde y cuándo tienen el próximo cobro, el cual está determinado por el calendario de pagos que se realiza cada mes. Para eso, deben seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a la página de la Anses
  • Completar el formulario con el número de beneficio o de CUIL
  • Hacer clic en el botón “Consulta”
  • Si corresponde, el sistema informará el lugar y la fecha de cobro

Cómo tramitar la jubilación en la Anses

Para iniciar un trámite jubilatorio en la Anses es necesario seguir estos pasos:

  • Ingresar al sitio oficial de la Anses y clickear en el apartado Mi Anses. Allí colocar el CUIL y la clave de la seguridad social.
  • Verificar que todos los aportes estén registrados, a través de la opción Trabajo > Consultar Historia Laboral.
  • Si hubiese un faltante de aportes, se debe presentar la documentación del período trabajado a través de un comprobante de certificación de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social o Declaración Jurada. También se debe completar el formulario 6.18, que corresponde la solicitud de prestaciones previsionales.
  • Luego, se debe solicitar un turno en alguna de las oficinas de Anses. Es importante que ese día el beneficiario lleve el DNI.

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