La decisión de los herederos de la familia Blaquier de subastar obras de Van Gogh, Monet, Cézanne, Renoir y Degas fuera del país generó críticas sobre la pérdida de patrimonio cultural. La colección incluye artistas extranjeros adquiridos por coleccionistas privados.
La decisión de los herederos de la familia Blaquier de vender algunas obras de arte fuera del país ha generado críticas vinculadas con la pérdida de patrimonio cultural. La colección comprende obras de Vincent van Gogh, Claude Monet, Paul Cézanne, Pierre-Auguste Renoir y Edgar Degas, entre otros artistas.
Según se informó, ninguno de los artistas es argentino y las pinturas fueron adquiridas por coleccionistas privados. No se trata de obras creadas en el país ni de bienes que hayan pertenecido históricamente a instituciones públicas argentinas.
El debate público incluye afirmaciones sobre una «pérdida irreparable para el patrimonio nacional» y la necesidad de impedir que las obras terminen en manos extranjeras. También se sostuvo que la operación tendrá ganadores —los herederos, la casa de subastas y el fisco— y un perdedor: el patrimonio cultural argentino.
El texto original plantea que las obras de arte pertenecen a sus propietarios, quienes tienen derecho a conservarlas, donarlas, legarlas o venderlas, y a buscar el mercado donde obtengan el mejor precio. Añade que el Estado argentino, si considera indispensable que determinadas obras permanezcan en el país, dispone de la alternativa de comprarlas a valor de mercado.
Asimismo, se señala que cuando una prohibición impide al propietario disponer de un bien y reduce sustancialmente su valor económico, aparece un problema constitucional. La Constitución establece condiciones para la expropiación por utilidad pública, entre ellas la indemnización previa, y prohíbe la confiscación.
El artículo también menciona el régimen jurídico del patrimonio paleontológico, que atribuye al Estado el dominio de esos bienes y los sustrae del comercio. Sostiene que, pese a ese control, no se cuenta con una infraestructura museística proporcional a la importancia del patrimonio paleontológico.
Finalmente, se plantea que impedir la salida de obras de arte no vuelve culturalmente rico a un país y que la protección del patrimonio puede incluir incentivos fiscales, adquisiciones públicas, préstamos a museos, acuerdos con coleccionistas y donaciones, dentro de los límites constitucionales.
