La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este martes la elaboración, uso, comercialización, distribución y publicidad de todos los lotes del producto ‘Agua lavandina, marca 656 profesional’ en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica. La medida regirá hasta que el producto cuente con los registros sanitarios correspondientes.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este martes la elaboración y venta de una lavandina de la marca 656 Profesional por carecer de registros sanitarios. La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Disposición 6539/2026 y regirá hasta que se regularice la situación del producto.
“Prohíbese la elaboración, uso, comercialización, distribución y publicidad, en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes del producto ‘Agua lavandina, marca 656 profesional’, hasta tanto cuente con los correspondientes registros sanitarios”, indicó la entidad en la disposición.
Según explicó la Anmat, el Servicio de Domisanitarios recibió una consulta particular a raíz de la existencia de dudas sobre la legitimidad del producto. Luego se determinó que no estaba inscripto y el organismo no pudo identificar un establecimiento responsable de su elaboración.
Se envió por medio de correo postal una notificación a la firma que sería responsable según el domicilio que figura en las redes sociales del producto, pero no se obtuvo una respuesta.
“Respecto a los links de comercialización, publicidad y promoción del producto, se ha dado intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria de esta administración”, explicó el organismo. Se dispuso una medida sanitaria de prohibición sobre el producto en razón de que “carecen de registros que permitan acreditar su legítima elaboración y fiscalización conforme a la normativa aplicable”.
“Desde el punto de vista procedimental, la medida sugerida por la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud resulta conforme a derecho como así también razonable y proporcionada de acuerdo a la naturaleza del hecho relevado”, sentenció la Anmat.
Días atrás se dispuso una medida similar contra varios productos de limpieza, cosméticos y equipos de uso estético que se comercializaban sin registro sanitario o con procedencia irregular. En esa ocasión también se restringió la venta de distintas aguas lavandinas y limpiadores detectados durante una investigación iniciada por una consulta al Servicio de Domisanitarios del organismo.
El área técnica constató que los productos no estaban inscriptos ante la Anmat ni contaban con establecimientos habilitados. En las etiquetas figuraban números de expediente y registros inexistentes, además de domicilios que no pudieron ser verificados.
